Los proyectos que se presenten deben cumplir las condiciones establecidas en cada convocatoria. Pero además, todas las actividades que se desarrollen financiadas con fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia deberán cumplir con los siguientes requisitos mínimos:
- Cualquier entidad pública o privada que sea beneficiaria del Plan de Recuperación deberá asegurar el cumplimiento del principio de “no ocasionar un perjuicio significativo a los objetivos medioambientales”. Este concepto también es conocido como DNSH por sus siglas en inglés (Do not significant harm principle). El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha publicado una guía para el diseño y desarrollo de actuaciones acordes con el principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente que se puede consultar aquí (PDF).
- Medioambiente y digitalización. El 40% de los fondos del Plan contribuyen a la transición ecológica y el 28% a la transformación digital, por lo cual algunas medidas estarán afectadas por la necesidad de contribuir a esta doble transición. Todo esto estará recogido en las convocatorias y licitaciones por las que se ejecute la actuación.
- Máximo de ayudas. Las empresas tendrán distintos umbrales de apoyo en función del tipo de subvención a la que se acojan y del tamaño de la empresa siempre respetando el marco, pudiendo llegar en convocatorias como en el Moves III, a porcentajes como el 60% para las pequeñas empresas que instalen puntos de recarga de acceso público de más 50Kwh.
Además, en el caso de las subvenciones los interesados deben cumplir los requisitos generales o comunes de la Ley General de Subvenciones. Esta ley dice que:
- Las empresas solicitantes tienen que estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad social.
- No haber sido condenadas o sancionadas a la obtención de estas subvenciones o ayudas públicas.
- Que su domicilio fiscal no esté en un paraíso fiscal.
- No deben tener la consideración de empresas en crisis, por haberse declarado insolventes o hallarse en concurso de acreedores.
- Tampoco se permite que la persona física solicitante o el representante legal de la persona jurídica esté en los supuestos de incompatibilidades de las personas que trabajan en las administraciones públicas.
- Han de cumplir el requisito de ayuda de minimis, eso es, que en los dos ejercicios económicos anteriores no haya conseguido unas ayudas superiores a 200.000 euros, como regla general, aunque hay excepciones.
Actualización 09/03/2022