El Gobierno modifica la normativa sobre ayudas del Plan de Recuperación en agricultura y ganadería para agilizar su concesión

17.05.2023
una mujer con una tablet en una explotación agraria

El Boletín Oficial del Estado publica este miércoles un real decreto por el que se modifican las normas para la concesión de ayudas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en materia de bioseguridad en sanidad animal y vegetal, y mejora de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura, con el objeto de conseguir una mejor ejecución de los fondos.

Los cambios introducidos tienen como objetivo flexibilizar en la normativa ciertas condiciones que garanticen una mejor ejecución de los fondos, de una manera más ágil, más eficaz y eficiente, al tiempo que se actualiza y se clarifican determinados aspectos regulatorios para facilitar y armonizar la evaluación de las solicitudes por las comunidades autónomas. El real decreto, aprobado este martes en Consejo de Ministros, modifica los dos reales decretos de bases reguladoras de estas dos líneas de ayudas.

La experiencia adquirida en la gestión de los fondos procedentes del mecanismo de recuperación y resiliencia ha puesto de manifiesto la necesidad de realizar ciertos ajustes técnicos en la regulación de dos líneas de subvenciones. Por un lado, las destinadas a inversiones en materia de bioseguridad para la mejora o construcción de centros de limpieza y desinfección de vehículos de transporte por carretera de ganado y en bioseguridad en viveros. Y por otro, las ayudas a inversiones en agricultura de precisión, eficiencia energética y economía circular en el sector agrícola y ganadero.

Estas dos líneas forman parte del "Plan de Impulso a la Sostenibilidad y Competitividad de la Agricultura y Ganadería", el componente 3 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que gestiona el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y que tiene como objetivo adoptar las reformas estructurales necesarias para promover un cambio en el modelo de producción agrícola y ganadera que mejore su sostenibilidad en términos medioambientales, económicos y sociales.

Las modificaciones atienden a la necesidad de adecuar los plazos de los que disponen las comunidades autónomas para la publicación de las convocatorias y la tramitación y gestión de las solicitudes de ayuda para la ejecución de los proyectos de inversión.

De este modo, se amplía la vigencia de los programas de apoyo dentro de las inversiones previstas en la línea de inversiones en agricultura de precisión, eficiencia energética y economía circular en el sector agrícola y ganadero hasta el 30 de abril de 2024, se clarifican los beneficiarios para incluir las explotaciones de titularidad compartida, y se establece el procedimiento de reintegro dirigido a optimizar el uso de los remanentes.

Además, se introducen otra serie de modificaciones que pretenden facilitar la gestión de estas ayudas a las comunidades autónomas. Así, se flexibilizan los requisitos para el cumplimiento del tercer hito de gestión interno, al ampliar el plazo para su cumplimiento hasta el 31 de julio de 2023, se aumenta la cuantía que podrá ser objeto de pagos anticipados en determinadas condiciones, y se prevé que estas dispongan de hasta un máximo del 2% sobre el total del presupuesto asignado para asistencia técnica en la tramitación de convocatorias y subvenciones.

En cuanto a las inversiones en bioseguridad en sanidad animal y vegetal, se especifican las actuaciones que pueden realizarse directamente por las comunidades autónomas.

Con estas modificaciones se armoniza la normativa española a la de la Unión Europea sobre ayudas de Estado.

El real decreto entra en vigor este jueves, 18 de mayo de 2023.

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