El Gobierno amplía el programa Kit Digital a cooperativas agrarias y sociedades profesionales

24.07.2023
una mujer con un móvil y una tablet en una explotación agraria

Red.es, entidad adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a través de la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial, publicará en los próximos días en el Boletín Oficial del Estado la nueva convocatoria de ayudas destinadas a la digitalización de comunidades de bienes, explotaciones agrarias de titularidad compartida y sociedades profesionales y sociedades civiles con objeto mercantil. Estas entidades podrán optar a su bono digital si tienen menos de 50 empleados y, como en las anteriores convocatorias, la ayuda se diferenciará atendiendo a ese dato: Segmento I (entidades entre 10 y menos de 50 empleados), Segmento II (entidades entre 3 y menos de 10 empleados) y Segmento III (entidades entre 0 y menos de 3 empleados).

En la convocatoria, que saldrá en el BOE en los próximos días, se detallarán los requisitos para solicitar las ayudas, las obligaciones que contraen los beneficiarios, los importes máximos de ayuda por cada categoría de soluciones de digitalización, la justificación, el pago y control de la implantación de las soluciones, entre otras materias importantes.

Esta cuarta convocatoria cuenta con un presupuesto inicial de 100 millones de euros ampliables y tiene por finalidad la mejora de la competitividad y del nivel de madurez digital de las entidades anteriormente mencionadas.

Las ayudas se podrán solicitar a partir del 12 de septiembre

Será a partir del 12 de septiembre a las 11 horas cuando las comunidades de bienes, explotaciones agrarias de titularidad compartida, sociedades civiles profesionales y sociedades civiles con objetivo mercantil podrán solicitar esta ayuda del programa Kit Digital a través de la sede electrónica de Red.es (https://sede.red.gob.es).

Para poder optar a ella, deben estar inscritas en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que deberá reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener una antigüedad mínima de 6 meses. El plazo para presentar las solicitudes se mantendrá abierto hasta el 31 de diciembre de 2024.

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